Blog de De-fensa

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lunes, 29 de abril de 2013

LA COMPARACIÓN CON EL MODELO ESTÁNDAR


ANÁLISIS DEL DOCUMENTO DE RECOMENDACIONES DEL SEPBLAC, SOBRE MEDIDAS DE CONTROL INTERNO (IV)


He publicado en el Blog de nuestro Servicio de Información de los Sujetos Obligados una nueva entrega sobre el análisis que estamos realizando del documento de recomendaciones del SEPBLAC sobre medidas de control interno, que lleva por título:



El Director del Sepblac está requiriendo a los sujetos obligados a los que está haciendo llegar el documento de recomendaciones, para que en una fecha determinada le hagan llegar un "Informe de análisis de distancia al estándar", lo que indica que previamente a este informe, han de construir  un  MODELO ESTÁNDAR, que ha de estar también resumido en su correspondiente informe, que también estará a disposición del Sepblac para cuando lo solicite.

Realmente, el objetivo profundo del requerimiento es el de obligar a que dentro de las organizaciones se construya el MODELO ESTÁNDAR siguiendo las recomendaciones del documento que se está enviando para facilitar el cumplimiento del Artículo 26 de la Ley 10/2010, y especialmente dos de las materias especificadas en el Artículo 26 sobre las que han de establecerse las políticas y los procedimientos:

  • La evaluación y gestión de riesgos, y
  • La garantía del cumplimiento de las disposiciones pertinentes y comunicación
El informe que ha de acompañar a la construcción del MODELO ESTÁNDAR, ha de ser , por tanto, una fotografía o radiografía de ese trabajo de construcción en la fecha de que se trate.


Fabián Zambrano Viedma
Responsable del Servicio de Información de los Sujetos Obligados