ANÁLISIS DEL DOCUMENTO DE RECOMENDACIONES DEL SEPBLAC, SOBRE MEDIDAS DE CONTROL INTERNO (II)
ENTRADA 2: BASE DE DATOS DE OPERACIONES DE EXAMEN ESPECIAL
En nuestro Blog del Servicio de Información de los Sujetos Obligados (SISO), he publicado una nueva entrada en la que sigo analizando el documento de recomendaciones del SEPBLAC, sobre medidas de control interno.
En esta ocasión me centro en el requerimiento que les está llegando a los sujetos obligados para que tengan establecida una base de datos con el registro de todas las operaciones u hechos sobre los que se haya realizado un examen especial, que deberá estar a disposición del SEPBLAC cuando sea requerida esta información, para lo que deberá ser enviada en documento Access.
Ofrezco también algunas soluciones que pueden facilitar el cumplimiento de este requerimiento, haciendo hincapié en un tema delicado, como es el que toda la documentación del OCIC y del Departamento de Prevención del Blanqueo de Capitales debe estar revestida, por disposición legal, de medidas de protección de nivel alto según los criterios establecidos por la normativa sobre protección de datos de carácter personal, lo que está representando un nuevo coste para el cumplimiento AML.
ENTRADA 2: BASE DE DATOS DE OPERACIONES DE EXAMEN ESPECIAL
En nuestro Blog del Servicio de Información de los Sujetos Obligados (SISO), he publicado una nueva entrada en la que sigo analizando el documento de recomendaciones del SEPBLAC, sobre medidas de control interno.
En esta ocasión me centro en el requerimiento que les está llegando a los sujetos obligados para que tengan establecida una base de datos con el registro de todas las operaciones u hechos sobre los que se haya realizado un examen especial, que deberá estar a disposición del SEPBLAC cuando sea requerida esta información, para lo que deberá ser enviada en documento Access.
Ofrezco también algunas soluciones que pueden facilitar el cumplimiento de este requerimiento, haciendo hincapié en un tema delicado, como es el que toda la documentación del OCIC y del Departamento de Prevención del Blanqueo de Capitales debe estar revestida, por disposición legal, de medidas de protección de nivel alto según los criterios establecidos por la normativa sobre protección de datos de carácter personal, lo que está representando un nuevo coste para el cumplimiento AML.
Fabián Zambrano Viedma
Responsable del Servicio de Información de los Sujetos Obligados