En el Blog de De-fensa dedicado a la prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo: SERVICIO DE INFORMACIÓN DE LOS SUJETOS OBLIGADOS (SISO), se ha publicado la entrada referida a la Comunicación de operativas sospechosas por indicios, según lo determinado por el Art. 18 de la Ley 10/2010, y la forma práctica de formalización de esta obligación según el SEPBLAC
Fabián Zambrano Viedma
Responsable del SISO